1.- NO SE VOTA EN EL EXTERIOR
Recuerde que en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (P.A.S.O.) del 13 de agosto NO se vota desde el exterior.
2.- JUSTIFICACIÓN DE NO EMISIÓN DE VOTO
Si usted tiene domicilio en la República Argentina tendrá 60 días para justificar la no emisión del voto en las P.A.S.O., ingresando a https://infractores.padron.gov.ar/ o personalmente en el Consulado solicitando turno previo al correo turnos_cguay@mrecic.gov.ar, a partir del lunes 14 de agosto. Deberá presentar DNI/Pasaporte argentino y documentación que acredite que al momento de los comicios se estaba fuera del país.
3.- ¿Quiénes NO REQUIEREN JUSTIFICAR LA NO EMISIÓN DE VOTO?
Se recuerda que los ciudadanos argentinos que -con anterioridad a la fecha límite para la inclusión de novedades registrales (25 de abril de 2023)- tuviesen asentado en sus respectivos DNI un domicilio fuera del territorio de la República Argentina, no requieren justificar la no emisión del voto.
1.- NO SE VOTA EN EL EXTERIOR
Recuerde que en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (P.A.S.O.) del 13 de agosto NO se vota desde el exterior.
2.- JUSTIFICACIÓN DE NO EMISIÓN DE VOTO
Si usted tiene domicilio en la República Argentina tendrá 60 días para justificar la no emisión del voto en las P.A.S.O., ingresando a https://infractores.padron.gov.ar/ o personalmente en el Consulado solicitando turno previo al correo turnos_cguay@mrecic.gov.ar, a partir del lunes 14 de agosto. Deberá presentar DNI/Pasaporte argentino y documentación que acredite que al momento de los comicios se estaba fuera del país.
3.- ¿Quiénes NO REQUIEREN JUSTIFICAR LA NO EMISIÓN DE VOTO?
Se recuerda que los ciudadanos argentinos que -con anterioridad a la fecha límite para la inclusión de novedades registrales (25 de abril de 2023)- tuviesen asentado en sus respectivos DNI un domicilio fuera del territorio de la República Argentina, no requieren justificar la no emisión del voto.